Enopinión de SincroGO, si la empresa recibe una petición del permiso parental y la empresa está dispuesta a concederlo, el mecanismo que vemos más garantista es el de tramitar una suspensión de mutuo acuerdo entre empresa y persona trabajadora, manteniendo la cotización a la Seguridad Social durante el tiempo que dure el «permiso
MINISTERIODE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES. ACUERDO EMPRESARIO-TRABAJADOR/A SOBRE DISFRUTE DEL DESCANSO POR PATERNIDAD EN
ACUERDANcon código de cuenta trabajador/a de esta Que el período del descanso por maternidad(1), adopción o acogimiento, lo va a disfrutar en régimen de jornada parcial,SIES TRABAJADOR POR CUENTA PROPIA, indique si va a disfrutar del descanso por maternidad y/o paternidad a tiempo parcial, del 50 por 100, ya que esta opción sólo puede realizarse al solicitar las prestaciones. SI ES TRABAJADOR POR CUENTA AJENA, indique si va a disfrutar del descanso por paternidad a tiempo parcial, con un mínimo Resoluciones Temas. Orden: laboral. Fecha última revisión: 03/04/2016. Los períodos de suspensión del contrato de trabajo por maternidad, adopción o acogimiento, podrán disfrutarse en régimen de jornada completa o a tiempo parcial. Para que puedan disfrutarse a tiempo .
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Deesta forma, tal y como señaláis, en vuestro caso es posible el disfrute parcial del permiso por paternidad. Por su parte, el artículo 48.4 del Estatuto de los Trabajadores, recoge asimismo la posibilidad de que el período de descanso por maternidad, adopción y acogimiento, tanto preadoptivo como permanente, pueda
Disposiciónadicional primera. Suspensión del contrato de trabajo y cese en la actividad por maternidad y paternidad a tiempo parcial. 1. De acuerdo con lo establecido en el párrafo décimo del artículo 48.4 y en el párrafo cuarto del artículo 48 bis de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, y en la disposición adicional sexta de la Ley 2/2008, de 23 de
Portanto la empresa sin tu acuerdo no te puede pasar a jornada parcial si tienes un contrato de jornada completa, pudiendo sólo realizar un ERTE de reducción de jornada temporal de conformidad con el artículo 47 del Estatuto de los trabajadores o bien extinguir el contrato por causa objetiva o ERE y justificándolo por razones técnicas,
10semanas restantes en jornada completa o parcial, previo acuerdo entre la empresa y la persona trabajadora, dentro de los doce meses siguientes a la resolución judicial. Madre biológica y otro progenitor. Art. 50 ET. Art. 48.5 ET.